1. QUÉ ES Y A QUIÉN VA DIRIGIDO
DECRETO 114/2017, 18 de julio
Qué es?:
El comercio electrónico es una tendencia en continuo crecimiento, el e-commerce supone, sin duda, un valor añadido tanto para consumidores como para vendedores, por su agilidad en la comparación de precios y en la toma de decisiones de compra.
A quien va dirigido:
- 1. autónomos o asimilados y Pymes extremeñas, que empleen a un máximo de 50 trabajadores.
- 2. agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica propia puedan llevar a cabo los proyectos para los que se destinan las ayudas.
- 3. En particular se admitirá que puedan acceder a la condición de beneficiario las uniones temporales de empresarios (UTEs)
2. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
El importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 11.000 euros por beneficiario, independientemente del número de servicios que se pretenda contratar.
3. SERVICIOS SUBVENCIONABLES
Redacción del proyecto: identificarse los servicios para los que solicita la subvención, y explicar claramente las actuaciones que se pretenden desarrollar y los objetivos que se pretender cumplir con las mismas.
Tienda onlineTarifa de Suscripción Mensual + Tarifa por venta según Categorías.
MarketplacesModificación, ampliación y reforma de la web respecto a posicionamiento orgánico
Marketing OnlineGastos de desarrollo web e implantación corporativa + Gastos para el fomento de presencia y posicionamiento “On line”.
PROVEEDOR DE SERVICIOS DE PAGOTarifa Suscripción Mensual Y Tarifa
4. SOLICITAR LA AYUDA. DÓNDE Y CÓMO
Cómo:
Sólo se podrá presentar una solicitud de ayuda por empresa y por convocatoria, aunque dentro de la misma se podrán solicitar varios servicios subvencionables. El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la correspondiente convocatoria, que como mínimo será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto podrán presentarse en los registros de la Consejería con competencia en materia de economía e infraestructuras, o en cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Comunidad Autónoma de Extremadura